El presidente Danilo Medina instruyó establecer normas y otras disposiciones para mantener la cadena de frío de los productos perecederos, refrigerados, congelados y ultracongelados en sus procesos de producción y exportación.
La disposición presidencial está contenida en el decreto número 346-19, el cual fue dado a conocer por el portavoz del Gobierno y director general de Comunicación, Roberto Rodríguez Marchena, en su cuenta de la red social Twitter @RodrigMarchena.
Según el decreto, para evitar romper la cadena de frío las inspecciones de las distintas entidades que intervienen en los procesos de verificación de mercancías en los puertos, aeropuertos y en la frontera terrestre, deberán realizarse en un recinto o espacio adecuado a la temperatura y humedad del producto a inspeccionarse.
Asimismo, se deberá contar con los equipos a utilizar por las distintas entidades. Para mantener la cadena de frío, en la plataforma se emplearán los mecanismos necesarios para evitar su rompimiento en rampa.
El incumplimiento de estas disposiciones conlleva multas que irán desde 15 salarios mínimos hasta 25 salarios mínimos; y de tres meses a dos años de prisión correccional.